CELEBRACIÓN DE JUNTAS DE PROPIETARIOS EN NUEVA NORMALIDAD

En Palma a 16 de septiembre de 2020

Apreciados propietarios:

Confiamos y deseamos que todos ustedes, así como sus familiares y allegados se encuentren en perfecto estado de salud, entendemos que con los tiempos que corren esa tiene que ser la primera prioridad. Ha pasado bastante tiempo desde la última vez que nos hemos comunicado con ustedes, y han sucedido muchas cosas que hacen pensar que la crisis sanitaria que nos está azotando va a ir sufriendo altibajos en los próximos meses.

Es por ello, que nuestro despacho lleva ya meses trabajando muy intensamente en aceptar esa nueva situación y a reinventarse en la medida de lo posible.

Como consecuencia de la última normativa publicada (Resolución de la “Consellera” de Salud y Consumo de 28 de agosto de 2020 por la cual se modifican medidas concretas del Plan de Medidas Excepcionales de Prevención, Contención y Coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, una vez supera la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad aprobado por el acuerdo del “Consell de Govern” de las Islas Baleares de 19 de junio de 2010) se ha venido a modificar un aspecto que afecta a las juntas de propietarios, que es el siguiente:

“Modificar el texto del primer y último párrafo del punto 1 del apartado II del Plan de Medidas Excepcionales de Prevención, Contención y Coordinación para hacer frente a la Crisis Sanitaria Ocasionada por la COVID-19, una vez superada la fase 3 del Plan para la transición hacia una Nueva Normalidad aprobado mediante acuerdo del “Consell de Govern de les Illes Balears” de 19 de junio de 2020, que pasan a tener respectivamente la siguiente redacción.- Las actividades o acontecimientos de carácter familiar o social que se produzcan en la vía pública, espacios de uso público, o espacios privados no incluidos en otros apartados de este Plan se limitan a grupos máximos de 10 personas, excepto en el caso de personas que convivan, caso en que no se aplica esta limitación. Durante este tipo de actividades se tendrá que respetar la distancia mínima de seguridad interpersonal entre los que no convivan y la obligatoriedad del uso de mascarilla. Igualmente se recomienda limitar el número de encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable e intentar espaciar temporalmente los encuentros con grupos con composición no coincidente.”

Ciertamente, no se ha venido a regular las juntas de propietarios como tal, pero es el criterio del Colegio de Administradores de Fincas de Baleares que por analogía viene aplicando esta normativa para reuniones sociales a las juntas de propietarios y por tanto debemos entender que esas juntas deberán celebrarse en las siguientes condiciones:

1.- Máximo de 10 personas, en las que tiene que estar incluidas el representante de la administración.

2.- Respetando la distancia de seguridad interpersonal.

3.- Con obligatoriedad de uso de mascarilla.

Por dicho motivo, consideramos oportuno informarles de nuevo que tiene a su disposición en nuestro despacho el protocolo de actuación que habíamos confeccionado para desarrollar juntas de propietarios por videoconferencia.

Ha sido nuestro gran reto en los últimos meses, pero consideramos que hay determinados temas en distintas comunidades que no pueden seguir sin solventarse y tampoco queremos dejar toda la responsabilidad en manos de los presidentes de esas comunidades, porque entendemos que no se merecen tal carga.

Es por ello, que mediante la presente comunicación, solicitamos a los presidentes de las comunidades, así como vicepresidentes, miembros de las juntas de gobierno o cualquier otro propietario, que considere que en su comunidad se debería realizar una junta de propietarios para tratar un tema de urgencia e inaplazable, utilizando este nuevo sistema online, se pongan en contacto con nosotros a efectos de poner en marcha el protocolo de actuación que hemos confeccionado.

Canalizará dichas peticiones nuestro director de la oficina, Juan Astorga, al que pueden llamar a través del teléfono 971 72 34 60 o escribirle al correo electrónico juanastorga@organizacionmayol.com.

Por otro lado, si fuera está administración la que considerará que hay algún asunto de urgencia que tratar en alguna de sus comunidades y que para tomar la decisión se tuviera que hacer en junta de propietarios, en los próximos días, nuestros responsables del departamento de fincas en su comunidad se pondrán en contacto con el presidente para tomar una decisión al respecto.

Agradezco tengan en cuenta que la decisión final de la celebración de juntas mediante medios electrónicos siempre corresponderá al presidente de la comunidad.

La administración